HOSTIGAMIENTO SEXUAL PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y DENUNCIA.
¿Qué es el hostigamiento sexual?
Es una forma de violencia que consiste en conductas de connotación sexual o sexista no deseadas, que crean un ambiente hostil, humillante o intimidante, y afectan el bienestar académico, laboral o personal de quien las sufre.
Ejemplos de hostigamiento sexual:
Comentarios, insinuaciones o bromas sexuales ofensivas.
Miradas lascivas, gestos obscenos o exposición de contenido sexual.
Tocamientos, roces o acercamientos no consentidos.
Propuestas sexuales a cambio de beneficios académicos o laborales.
Amenazas por rechazar avances sexuales.
.
¿Quiénes pueden ser víctimas o agresores?
Cualquier miembro de la comunidad educativa: estudiantes, docentes, personal administrativo o directivos, sin distinción de sexo, edad o jerarquía.
.
¿Qué hacer si sufres o eres testigo de hostigamiento?
- Denuncia al CIFHS (Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual).
- Presencial: en la oficina de Bienestar Estudiantil.
- Virtual: cifhs@istpcsr.edu.pe
- Teléfono: 930135352
- También puedes reportar el caso al Ministerio Público.
- La denuncia puede ser anónima o realizada por un tercero.
¿Qué protección se brinda a la víctima?
- Atención médica y psicológica.
- Separación del presunto agresor.
- Acompañamiento académico.
- Prohibición de represalias.
- Confidencialidad total del caso.
¿Quién investiga los casos?
El CIFHS recibe la denuncia, aplica medidas de protección y deriva el caso a las instancias correspondientes. Si el agresor es un estudiante, el CIFHS investiga directamente y recomienda la sanción.
Normativa vigente
- Ley Nº 27942 – Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
- Decreto Supremo N.º 014-2019-MIMP – Reglamento
- R.M. Nº 067-2024-MINEDU
Recursos
DIAGRAMA DE FLUJO DE DENUNCIA

PREGUNTAS MAS FRECUENTES
- ¿Qué se considera hostigamiento sexual en un instituto?
Respuesta: Es una conducta de connotación sexual o sexista no deseada, que genera un ambiente intimidante, hostil o humillante, o afecta el desarrollo académico o laboral de la víctima. No requiere que sea reiterada ni que haya un rechazo explícito para considerarse como tal.
- ¿Cuáles son algunas formas de hostigamiento sexual?
Respuesta: Comentarios o insinuaciones sexuales, tocamientos no consentidos, promesas de beneficios a cambio de favores sexuales, represalias por rechazar avances, y cualquier conducta de connotación sexual ofensiva.
- ¿Quién puede ser víctima o autor del hostigamiento sexual?
Respuesta: Cualquier persona de la comunidad educativa (docentes, administrativos, estudiantes), independientemente de su sexo, orientación sexual, edad, condición física o rol institucional.
- ¿Qué debe hacer una víctima o testigo de hostigamiento sexual?
Respuesta: Presentar una denuncia al Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual (CIFHS) de forma oral o escrita, física o virtual. También puede denunciar un tercero o el comité puede actuar de oficio.
- ¿Cómo se protege a la víctima tras la denuncia?
Respuesta: Se puede aplicar rotación del agresor, impedimento de contacto, atención psicológica y médica, y se garantiza la continuidad académica o laboral de la víctima sin represalias.
- ¿Qué es el CIFHS y qué funciones tiene?
Respuesta: Es el Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual. Recibe denuncias, dicta medidas de protección, investiga si el hostigador es estudiante, hace seguimiento de casos y coordina con instancias superiores.
- ¿Qué pasa si el hostigador es un estudiante?
Respuesta: El CIFHS realiza una investigación interna según los reglamentos de la institución. Recomienda a Dirección General sanciones y medidas de protección dentro de un plazo máximo de 15 días.
- ¿Qué procedimiento se sigue si el hostigador es un docente o personal administrativo?
Respuesta: Se activa un Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) en la DRE Ancash, con plazos definidos para investigación, descargos y sanciones, garantizando confidencialidad y el debido proceso.
9. ¿Qué sucede si no se actúa frente a una denuncia?
Respuesta: Hay responsabilidad administrativa para los funcionarios o directivos que incumplan los plazos o no garanticen la protección de la víctima, según lo establecido por la normativa vigente.
10. ¿Qué sucede si la persona agredida no presenta una denuncia por hostigamiento sexual?
El Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual (CIFHS) tiene la facultad de intervenir incluso sin denuncia formal, si toma conocimiento del caso por cualquier medio (testigos, rumores fundamentados, medios digitales, etc.).
Cualquier miembro de la comunidad educativa (docente, estudiante, administrativo) puede presentar la denuncia, aunque no sea la víctima, si tiene conocimiento de los hechos.
Aunque la víctima no denuncie, si se detectan indicios, la INSTITUCIÓN debe activar medidas de protección inmediatas, como:
- Separación provisional del agresor.
- Atención médica o psicológica para la víctima.
- Medidas de no acercamiento
Riesgo de impunidad si nadie informa
Si nadie informa y no hay indicios evidentes, el caso puede quedar oculto, lo que aumenta el riesgo de reincidencia del hostigador y la victimización prolongada.